Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

CS ordena a inmobiliaria despejar el camino de acceso que utilizan trabajadores y contratistas de empresa cementera.

El acto constituye un acto de autotutela, por lo que la recurrida deberá levantar el bloqueo de la ruta de acceso.

Por Redacción·10 de febrero de 2022·2 min de lectura
Imagen: Interempresas.net
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un grupo de contratistas de la empresa Cementos La Unión S.A. en contra de la inmobiliaria San Juan Limitada, por bloquear el camino que utilizan para ingresar a la planta de producción.

Los actores señalaron que, en marzo de 2021, la inmobiliaria bloqueó el acceso que tiene al camino público de Avenida las Industrias, en la localidad de Llolleo, único lugar de acceso a su planta de producción de cemento, hecho nunca antes realizado en los más de 11 años que llevan trabajando en el lugar, constituyendo un acto ilegal y arbitrario, pues es propio de la autotutela, proscrita por nuestra legislación, y atenta en contra de los derechos fundamentales tales como no ser juzgado por comisiones especiales, a desarrollar una actividad económica y de propiedad.

En su respuesta, la recurrida sostuvo que los actores cuentan con otro camino para acceder a Avenida Las Industrias, pero que no lo utilizan. Además, señaló que se encuentra vigente un juicio de constitución de servidumbre iniciado por los actores, quienes buscan la constitución del servicio en una franja de su propiedad que actualmente usan como camino hacia la vía principal.

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