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Inédito

La Corte Suprema rechazó el registro de marca de clínica «universitaria» en cinco fallos consecutivos.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia que rechazó el registro de la marca Clínica Universitaria de Concepción en determinados rubros y acogió los arbitrios en aquellos en los que se habían concedido.

Por Redacción·12 de agosto de 2020·3 min de lectura
La Corte Suprema rechazó el registro de marca de clínica «universitaria» en cinco fallos consecutivos.
Referencial

La Corte Suprema resolvió cinco recursos de casación por registro de marcas asociadas a plantel universitario de la Región del Biobío.

Las sentencias señalan que, en esa línea de razonamientos, en el caso sub lite, el peticionario persigue la inscripción del lema CLÍNICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN. Con esa expresión, claramente denota que ofrece al público servicios médicos o de atención de salud y que en su prestación tiene alguna relación una entidad universitaria de la ciudad de Concepción.

Las resoluciones agregan que, en efecto, en el centro del cuño en análisis se intercala la palabra ‘universitaria’ y, como adjetivo, importa que los servicios médicos o de salud implícitos en el sustantivo ‘clínica’ que califica o determina ese adjetivo, pertenecen o son relativos a la universidad, es decir, son prestados o de algún modo similar se relacionan con una universidad, en este caso, de la ciudad de Concepción.

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