Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Denuncia anónima es un indicio serio si se aportan datos que describan certeramente al imputado y la actividad criminal que realizaba.

Carabineros de la ciudad de Antofagasta fueron alertados por un tercero, quien indicó que el acusado se encontraba en una intersección vendiendo pitos de marihuana, y entregó a los aprehensores una descripción pormenorizada de las vestimentas y accesorios que portaba el imputado; por lo que tal denuncia permitió válidamente efectuar un control investigativo al particular.

Por Redacción·22 de mayo de 2024·3 min de lectura
Denuncia anónima es un indicio serio si se aportan datos que describan certeramente al imputado y la actividad criminal que realizaba.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes.

El día 14 de Julio 2023, aproximadamente al medio día, personal de Carabineros que se encontraba realizando patrullajes preventivos a bordo de un vehículo policial en una población de la comuna de Antofagasta, fueron alertados por un tercero que, en una intersección cercana se encontraba un sujeto -de quien aportó características físicas y de vestimenta, agregando que portaba una mochila de color negro- que vendía droga. Con esta información, personal de Carabineros concurrió de inmediato al lugar indicado, encontrando al sujeto, quien tenía las características físicas y de vestimentas dadas por la persona que denunció el hecho, y que además portaba una mochila de color negro. A partir de lo anterior, el sospechoso fue sometido a un control de identidad y al revisar la mochila que portaba se encontró una bolsa transparente contenedora de cuatro envoltorios plásticos con marihuana con un peso bruto de 57 gramos, una pesa digital sin marca color gris y además dinero en efectivo ascendente a la suma de $21.000, producto de la venta de la sustancia; por lo que el encartado fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.

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