Diario Constitucional

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Despido de funcionario del aeropuerto de Arica es justificado debido a “necesidades de la empresa”, resuelve la Corte Suprema.

La empresa pudo acreditar que la desvinculación del actor obedeció a factores fortuitos ajenos a su voluntad, debido a la ostensible disminución de ventas de pasajes de transporte aéreo con ocasión de la crisis sanitaria del Covid-19. Asimismo, el máximo Tribunal estimó que el trabajador pretendía mediante el arbitrio alterar los hechos asentados en la causa.

Por Redacción·04 de julio de 2023·3 min de lectura
Imagen: legaltoday.com
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La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Arica, que desestimó el recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, que no dio lugar a una demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones adeudadas.

Se demandó a una empresa que presta servicios en el aeropuerto de Arica. El actor expuso que prestó servicios para la demandada entre el 8 de octubre de 2018 y el 21 de agosto de 2021, día en que se le despidió por “necesidades de la empresa”, debido a que por circunstancias propias de la crisis sanitaria originada por el Covid-19, muchos aeropuertos regionales fueron modificados en sus procedimientos -incluido el de Arica-, por lo tanto, se externalizaría el servicio de atención a pasajeros, que corresponde a la función que desempeñaba el actor.

Sin embargo, al día siguiente de su desvinculación, el demandado inició el reclutamiento de nuevo personal para efectuar las mismas funciones que el actor ejercía. Asimismo, al recibir el finiquito, se percató que la empresa descontó el aporte que como empleador hizo a la cuenta del seguro de cesantía del trabajador; por lo tanto, pide que el despido sea declarado injustificado, para que le sean pagadas las indemnizaciones respectivas y se efectúe el reembolso del aporte patronal descontado.

Comentarios (1)

  1. Carlos Aedo Méndez

    pero, el hecho de descontar lo que había depositado en el seguro de cesantía. está marcando como positivo lo que hizo la empresa con ese trabajador. no estoy de acuerdo con la corte.

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