Nulidad laboral acogida
Despido declarado improcedente: reorganización respondía a conveniencias estratégicas, no a necesidad legal
La Corte anuló el despido por necesidades de la empresa de una trabajadora, al concluir que la decisión de la empresa respondía a conveniencias estratégicas y no a una necesidad real conforme a la ley. Además, confirmó el derecho de la demandante al recargo legal del 30% de la indemnización por años de servicio y a la restitución del aporte del empleador al seguro de cesantía, al no estar justificada la causal invocada.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de nulidad presentado por la demandante en contra de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la demanda y declaró ajustado a derecho el despido por necesidades de la empresa.
Contra el fallo de primera instancia, la demandante dedujo recurso de nulidad invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, alegando la vulneración del artículo 161 del mismo cuerpo legal. Argumentó que se tuvo por configurada la causal de necesidades de la empresa sobre la base de criterios incorrectos, que no son objetivos y ajenos a la conducta contractual del trabajador.
La Corte de Santiago acogió el recurso de nulidad, al considerar que el fallo impugnado tuvo por configurada la causal atendiendo a elementos ajenos y contrarios al debido sentido y alcance que debe darse a las necesidades de la empresa.
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