Recurso de nulidad rechazado.
Desprenderse de un bolso tipo banano al notar la presencia policial es un indicio válido para efectuar un control de identidad, resuelve la Corte Suprema.
Luego de advertir la cercanía de Carabineros, el imputado arrojó dentro de una casa el banano que portaba, acto advertido por los policías que patrullaban el lugar debido a una denuncia anónima, por lo que controlaron su identidad y verificaron que el contenido del banano correspondía a papelillos de marihuana y dinero en efectivo.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, que condenó al imputado a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes.
El día 7 de mayo de 2020, el actor permanecía en un sector de Viña del Mar portando un bolso tipo banano, en el cual guardaba con fines de venta o transferencia a terceros, tres bolsas plásticas contenedoras de 25,2 gramos netos de marihuana y la suma de $195.000.- en dinero efectivo, producto de la venta de droga. Al aproximarse funcionarios de Carabineros al lugar donde permanecía el imputado, éste lanzó el referido bolso al interior de un domicilio, desde donde fue recuperado por el personal policial, para luego detener al sospechoso y ponerlo a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria el acusado interpuso recurso de nulidad, invocando la causal de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, al acusar infracción al debido proceso.
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