Diario Constitucional

Recurso de casación en el fondo acogido.

Deuda de estudios superiores (CAE) cuyo titular es el Fisco es imprescriptible, resuelve la Corte Suprema.

Por mandato expreso del artículo 13 inciso 2º de la Ley Nº20.027, la acción de cobro de las deudas contraídas por el otorgamiento del Crédito con Aval del Estado no prescriben, por lo tanto, la cantidad de cuotas o pagarés suscritos por el deudor no son susceptibles del plazo establecido en el artículo 98 de la Ley Nº18.092, para detener la acción cambiaria.

Por Redacción·31 de octubre de 2023·4 min de lectura
imagen: dreamstime
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó aquella de base que hizo lugar a la excepción de prescripción, invocada en contra del cobro ejecutivo de un Crédito con Aval del Estado intentado por el Banco Itaú en contra de una particular.

El demandante dedujo la acción el 15 de abril de 2020 en representación de la Tesorería General de la República. Funda su acción en dos pagarés suscritos por la demandada el 3 de enero de 2020 y con vencimiento el 5 de febrero de 2020, por 15,73UF y 571,76 UF, deuda que se acelera en virtud de lo previsto en la cláusula 16º del contrato de apertura del CAE.

En su defensa, la deudora opuso la excepción de prescripción de la acción cambiaria, al tratarse los pagarés de unos a la vista por lo cual y de acuerdo a lo previsto en el artículo 107 de la Ley N°18.092, a la fecha de su comparecencia (el 24 de marzo de 2022) el término de un año contemplado en el artículo 98 de la misma ley, ya había transcurrido.

Comentarios (6)

  1. Patricio

    Explotadores y ladrones aquellos que viven del fisco.

  2. Jacqueline

    A los de clase baja nos cobran hasta el último peso por un crédito que termina triplicado sus ganancias con los intereses que se aplican..¡negocio redondo! y ¡¡las penas del infierno si no lo podemos pagar!!…Pero a los grandes empresarios que ¡evaden millones de impuestos! o los políticos que «roban la plata todos lo s chilenos» para ellos ¡si hay cabida para el perdonazo! Realmente el mundo al revés ????

  3. Juan

    debe condenarse a los autores de la ley del CAE y los borregos deben solievantarse es un derecho ciudadano.?

    1. Alejandro

      Siguen las injusticias de nuestro rico país en q hace 43 años nos roban nuestras ganancias públicas q obtenía CORFO, entre el año 1939 a 1980, pero a partir de este último año hasta hoy son robadas x los ladrones neoliberales y ladrones pinochetistas, y trasnacionales, sobresaliendo el ladrón Ponce, yerno del dictador Pinochet, q se enriqueció con nuestras ganacias públicas, y siendo su delito imprescriptible y de ejecución permante, hasta ahora es un intocable q goza de total impunidad, todo lo contrario a los deudores del CAE q son perseguidos injustamente xq la educación es un derecho constitucional.

  4. Germán Insunza

    Soy estudiante egresado estoy de acuerdo es imprescindible frente a la ley, pero: ¿frente a la Constitución y los tratados internacionales? me da la impresión que no es así. Agradezco cualquier aclaración ante esta duda que me surge

    1. Alejandro

      Así son las injusticias de nuestro rico país en q hace 43 años nos roban nuestras ganancias públicas q obtenía CORFO, entre el año 1939 a 1980, pero a partir de este último año hasta hoy son robadas x los ladrones neoliberales y ladrones pinochetistas, y trasnacionales, sobresaliendo el ladrón Ponce, yerno del dictador Pinochet, q se enriqueció con nuestras ganacias públicas, y siendo su delito imprescriptible y de ejecución permante, hasta ahora es un intocable q goza de total impunidad, todo lo contrario a los deudores del CAE q son perseguidos injustamente xq la educación es un derecho constitucional y, x tanto, un derecho humano q tiene q proveerlo el Estado, pero nonlo hace xq cobarde no recupera nuestras robadas ganancias públicas de sus ladrones y cárcel para ellos

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