Recurso de nulidad rechazado.
El observar un objeto extraño en las vestimentas del imputado es un indicio suficiente para efectuar un control de identidad.
El acusado huyó al notar la presencia policial en el sector por el que transitaba, y los funcionarios al dar alcance al actor notaron que en su cinto portaba un objeto extraño, por lo que registraron al imputado y verificaron que portaba un revolver sin el permiso respectivo.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego.
El día 31 de mayo del año 2021, a las 14:15 horas, en circunstancias que el acusado, transitaba por un sector de la ciudad de Osorno, fue controlado por Carabineros, y sorprendido portando un revolver, calibre .22 largo, marca Pasper, con 8 municiones calibre .22, sin percutar. Tanto el arma como las municiones el acusado las portaba sin contar con los permisos legales ni reglamentarios, por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el actor interpuso recurso de nulidad invocando la causal establecida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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