Recurso de unificación de jurisprudencia acogido, en fallo dividido.
La no renovación de la “contrata” sin justificación en derecho vulnera el principio de confianza legítima, resuelve la Corte Suprema.
Cinco funcionarios del departamento de salud del municipio de Alto Biobío fueron cesados en sus cargos, al no poseer ideas políticas afines con las del alcalde de la comuna, lo que vulneró la legítima expectativa en la renovación del contrato, así como el derecho a no ser discriminado arbitrariamente.

La Corte Suprema acogió el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que hizo lugar al recurso de nulidad presentado en contra del fallo de base, y en su lugar, desestimó la denuncia y demandas subsidiarias deducidas por cinco ex funcionarios de la Municipalidad de Alto Biobío.
Los actores demandaron tutela de derechos fundamentales, y en subsidio despido injustificado. Refieren que fueron discriminados arbitrariamente al ser despedidos por no compartir las ideas políticas del alcalde, por lo que solicitaron que el municipio les pida disculpas públicas, así como el pago de las indemnizaciones y recargos respectivos.
Los demandantes ejercían funciones como técnicos en enfermería, paramédicos, y administrativos, durante períodos de tiempo que oscilan desde los tres años y once meses hasta los quince años. Todos estaban contratados por el departamento de salud municipal por medio de contratos fijos, renovables al inicio de cada año, y sin solución de continuidad.
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