Diario Constitucional

Invalidación de oficio.

El recurso de queja es irrenunciable respecto de las actuaciones del árbitro arbitrador, resuelve la Corte Suprema.

La naturaleza disciplinaria de tal acción impide que pueda ser renunciada en sede arbitral, debido a que las partes renuncian únicamente a las acciones jurisdiccionales.

Por Redacción·22 de enero de 2023·2 min de lectura
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Al conocer un recurso de queja, la Corte Suprema invalidó de oficio la resolución dictada por la Corte de Santiago, que declaró inadmisible un recurso de queja interpuesto en contra de un árbitro arbitrador.

En su libelo, el actor sostuvo que los recurridos declararon inadmisible el recurso, por no haberse acompañado las bases del procedimiento arbitral. Refiere que la doctrina y la jurisprudencia están contestes en que el recurso de queja es irrenunciable respecto del arbitraje, al ser un procedimiento de única instancia, por lo que los jueces de fondo debieron dar lugar a su tramitación.

El máximo Tribunal rechazó el recurso, no obstante, señaló que al estar en presencia de tal manifiesta incorrección, la resolución recurrida debe ser corregida.

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