Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Empresa no puede justificar interrupciones del suministro eléctrico alegando caso fortuito producto de las inclemencias del clima o la geografía del sector afectado, resuelve la Corte de Temuco.

Estas condiciones son conocidas por el prestador y no pueden servir como excusa para el cumplimiento de su obligación de mantención de la red eléctrica y continuidad de un servicio esencial.

Por Redacción·11 de septiembre de 2022·4 min de lectura
Imagen: soychile.cl
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La Corte de Temuco acogió el recurso de protección interpuesto por un grupo de vecinos de la comuna de Villarrica, en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y de la Compañía General de Electricidad (CGE); por los reiterados cortes del suministro eléctrico que han sufrido.

En su libelo, los recurrentes indican que desde el año 2017 registran cortes del suministro eléctricos, los cuales fueron aumentando en intensidad en los meses de invierno del 2018, 2019 y 2020. Durante el 2021 la situación se tornó recurrente de cada mes.

Añaden que han presentado diversos reclamos ante la CGE y la Superintendencia, los cuales han derivado en procesos administrativos en contra de la recurrida, sin embargo, las interrupciones del servicio continúan sin vislumbrar una respuesta concreta de la compañía o el ente supervisor para mejorar las instalaciones o implementar medidas de mitigación ante los cortes de energía.

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