Diario Constitucional

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Error de derecho que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo debe consistir en la falta o equivocada aplicación o interpretación de aquellas normas que deciden la controversia.

El actor fundó su arbitrio en argumentos ajenos a lo discutido en la causa.

Por Redacción·24 de noviembre de 2021·3 min de lectura
Error de derecho que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo debe consistir en la falta o equivocada aplicación o interpretación de aquellas normas que deciden la controversia.
Referencial

La Corte Suprema desestimó el recurso de casación deducido en contra de la sentencia dictada por la Corte de Rancagua, que confirmó aquella que hizo lugar a un amparo de aguas y ordenó al demandado la inmediata reposición de las aguas perturbadas.

El tribunal de primera instancia tuvo por acreditado que la demandante es titular de los derechos de aprovechamiento de aguas que le asisten respecto de su predio y que alegó turbados, con motivo de las obras de distribución de aguas que se encuentran al interior de la propiedad del demandado, así como con la construcción de un muro perimetral y cegamiento de la acequia de regadío proveniente del sector nor-oriente del Canal El Peñón.

A su vez, estableció que tales obras efectuadas por el demandado tienen carácter de recientes, que la nueva pandereta ocupa parte del sitio donde se acumulaba el agua en el camino público y que, al interior de la propiedad del demandado, por el costado de la construcción nueva, existe un pequeño canal de reciente construcción que se une con otro de data más antigua que sigue la línea de la antigua pirca existente en el lugar.

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