Recurso de queja acogido.
Excepción de caducidad se rechaza por Corte Suprema, al estimar que los ministros recurridos debieron resolver aplicando las reglas de la prescripción de la acción de cobro de prestaciones laborales.
El demandante pidió el pago de las prestaciones derivadas del despido por necesidades de la empresa, a lo cual, el demandado opuso excepción de caducidad -la que fue acogida y confirmada por la magistratura-, en circunstancias que debió oponer la excepción de prescripción.

La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto en contra de los ministros y abogado integrante de una Sala de la Corte de Valdivia, que dictaron la sentencia confirmando la resolución de base que hizo lugar parcialmente a una excepción de caducidad en un juicio laboral respecto de la indemnización sustitutiva de aviso previo e indemnización por años de servicio.
Se demandó el pago de prestaciones laborales contra una empresa constructora. El actor indicó que el 20 de abril de 2022 se le notificó el término de la relación laboral por la causal “necesidades de la empresa”, sin que se le pagaran las prestaciones derivadas de ello. Añade que presentó reclamo ante la Inspección del Trabajo el 14 de julio de 2022, verificándose el 27 la audiencia de conciliación, deduciendo la demanda -finalmente- el 4 de agosto de 2022.
En su defensa, el empleador opuso excepción de caducidad, argumentando que la demanda fue interpuesta una vez vencido el plazo de 60 días que se tenía para presentar la acción.
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