Diario Constitucional

Casación en la forma acogida por decisiones contradictorias.

Fallo de segunda instancia incurre en contradicción al reconocer que los bienes arrendados fueron restituidos y al mismo tiempo condena al pago de una multa por el retardo en restituir, resuelve la Corte Suprema.

Resolvió que la sentencia recurrida incurrió en un vicio de nulidad formal, al evidenciar una contradicción entre las decisiones adoptadas y la omisión en la decisión al examinar el supuesto de la multa impuesta y que fue reclamada por vía del recurso de apelación.

Por Redacción·21 de octubre de 2024·3 min de lectura
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La Corte Suprema acogió el recurso de casación en la forma interpuesto en contra de la sentencia de la Corte de Santiago, que confirmó el fallo del tribunal de primera instancia, que hizo lugar a la demanda y declaró el término del contrato de arrendamiento.

La causa versa sobre una demanda de terminación de contrato de arrendamiento con opción de compra sobre dos vehículos. La acción fue presentada por una entidad bancaria en contra de una empresa y sus fiadores, alegando el incumplimiento en el pago de las rentas desde febrero de 2021, solicitando la restitución de los vehículos, junto con el pago de sumas adeudadas, intereses, multas y perjuicios anticipados.

El tribunal de primera instancia declaró terminado el contrato de arrendamiento, ordenó la restitución de los bienes arrendados y dispuso el pago de rentas vencidas, de los perjuicios avaluados anticipadamente y de las multas por atraso en la restitución.

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