Diario Constitucional

Principio de imparcialidad.

Incidente de recusación de ministras de la Corte de Antofagasta es acogido por la Corte Suprema.

Conocieron de una apelación que se sustenta en similares hechos y argumentaciones que ahora son objeto del recurso de nulidad.

Por Redacción·10 de noviembre de 2021·3 min de lectura
Imagen: aldiaargentina.microjuris.com
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La Corte Suprema acogió el incidente de recusación deducido en contra de dos ministras de la Corte de Antofagasta y las inhabilitó para conocer del recurso de nulidad laboral deducido por el incidentista, por haber manifestado su dictamen sobre la cuestión pendiente.

El fallo del máximo Tribunal indica que la demandada dedujo incidente especial de recusación, respecto de dos ministras de la Corte de Antofagasta, fundado en la causal prevista en el numeral 10 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales, llamadas a conocer el recurso de nulidad que interpuso en contra de la sentencia dictada por el Juzgado del Trabajo de dicha ciudad, fundado en haberse concedido un recurso de apelación ilegal y rechazado el entorpecimiento que alegó en relación a lo dispuesto en los artículos 4 y 10 de la Ley Nº21.226.

Añade que la recusación sostiene que ambas ministras acogieron la apelación deducida por el demandante, en contra de la resolución del tribunal a quo que había acogido el incidente de nulidad promovido por la demandada y retrotraído la causa al estado de tenerla por notificada tácitamente; por lo que conocieron una impugnación referida a los mismos hechos que son objeto del recurso de nulidad y manifestaron la decisión sobre el asunto con conocimiento de los antecedentes.

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