Vulneración de derechos por parte de su madre.
Juzgado de Familia de Lebu dicta medidas de protección de niño de 5 años intoxicado con cocaína.
“Dado la gravedad de esta situación, respecto a ambos niños (también de la hermana menor) se decretaron como medidas cautelares el cuidado proteccional provisorio de su tía materna y respecto de la madre se decretó la prohibición de acercarse a los niños y la suspensión de régimen de relación directa y regular conforme lo dispone el artículo 71 de la ley 19.968”, explicó el magistrado.

El Juzgado de Familia de Lebu dictó una serie de medidas de protección en favor del niño de 5 años –y su hermana menor– que ingresó intoxicado por cocaína al centro asistencial de la ciudad.
Tras el diagnóstico, el Programa de Prevención Focalizada (PPF) Amanecer y el Hospital Dr. Guillermo Grant Benavente de Concepción presentaron una denuncia ante el tribunal por la vulneración de derechos que habrían sufrido los hermanos por parte de su madre.
En la audiencia de medidas de protección, se informó que el hospital penquista logró estabilizar al pequeño paciente. Ante ello, el tribunal impuso a la progenitora la prohibir de acerque a ambos menores, los que –luego de la reciente alta del niño- quedaron provisionalmente al cuidado de una tía materna.
Te puede interesar

Recurso de casación en el fondo desestimado.
No procede dar curso al pago por consignación si no existe una obligación exigible susceptible de ser solucionada.

Fallo unánime.
Diferencia en los plazos de prescripción que consagra el artículo 510 del Código del Trabajo obedece a la distinción entre derechos mínimos y aquellos que las partes libremente pueden convenir.

Recurso de casación rechazado.
Corte Suprema confirma fallo que condenó a empresa inmobiliaria por defectos en construcción de vivienda.

