Recurso de revisión acogido.
Sentencia dictada por el Tribunal Militar en Tiempo de Guerra de Arica es nula y los recurrentes son absueltos.
El fallo dictado en 1974, condenó a tres particulares por delitos contra la seguridad interior del Estado, no obstante, las confesiones de los hechos que sirvieron de sustento a la decisión, fueron obtenidas luego de extensas jornadas de tortura a las que fueron sometidos los actores.

La Corte Suprema acogió el recurso de revisión interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Militar en Tiempo de Guerra de Arica, que condenó a tres particulares por la comisión de delitos en contra de la seguridad interior del Estado.
Tres particulares solicitaron al máximo Tribunal la revisión de la sentencia que los condenó en el año 1974, como autores de delitos contra la seguridad interior del Estado, establecidos en la letra d) del artículo 4 de la Ley Nº12.927. Uno de los recurrentes fue condenado a cinco años de presidio menor en su grado máximo, mientras que los otros dos, fueron sentenciados a tres años de relegación.
Los actores aducen que los hechos que fundamentan la sentencia dictada por el Concejo de Guerra, fueron obtenidos por los agentes militares luego de someter a tortura los recurrentes, quienes confesaron su participación en los hechos imputados por el temor a seguir sufriendo apremios físicos.
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