Infracción Ley General de Pesca.
Multa y suspensión del título de patrón de embarcación pesquera artesanal por 30 días, se confirma por la Corte Suprema.
El denunciado ingresó a pescar con una embarcación de 18 metros de eslora a la primera milla marina, en circunstancias que aquella franja está reservada para las naves de pesca artesanal de hasta 12 metros de eslora, infringiendo los artículos 47 y 110 de la Ley General de Pesca.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Concepción, que confirmó aquella de base que condenó al denunciado al pago de una multa y suspensión por 30 días de su título de patrón artesanal.
El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA), denunció al armador y patrón de la embarcación “Don Demetrio III”, por ingresar a pescar a la primera milla náutica, en circunstancias que por la longitud de su eslora no le correspondía esa zona de pesca.
El denunciante afirma que la embarcación posee una eslora de 18 metros, y que el 19 de marzo de 2021 ingresó a la primera milla marina del área de reserva artesanal, donde realizó actividades de pesca extractiva entre las 20:47 y las 21:51 horas, capturando sardina común y anchoveta. Añade que el uso de esta franja está reservado para el uso de embarcaciones artesanales de una eslora de hasta 12 metros, y que no se pudo verificar que el ingreso del denunciado fuera para auxiliar a otra embarcación.
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