Diario Constitucional

Anulación unilateral de compra online.

Multitienda que ante la falta de stock anuló la compra y emitió una nota de crédito por el precio que pagó el consumidor antes de interponerse la denuncia no incurre en infracción a la Ley del Consumidor.

El actor basó su arbitrio en que el proveedor había anulado unilateralmente la compra realizada, sin embargo, el Tribunal constató que, en la instancia administrativa ante el SERNAC, expresó su conformidad con la solución ofrecida por la tienda.

Por Redacción·20 de enero de 2023·3 min de lectura
Imagen: Radio UChile.
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La Corte de Talca confirmó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Curicó, que rechazó la denuncia interpuesta por el Servicio Nacional del Consumidor en contra de la multitienda La Polar, por infringir la Ley del Consumidor al anular una compra online unilateralmente e imponer condiciones más gravosas para emitir la nota de crédito correspondiente.

El SERNAC formuló denuncia infraccional a partir de un reclamo presentado por un consumidor, en el cual se acusa a tienda denunciada de no respetar los términos y condiciones convenidas, al haber anulado unilateralmente y sin expresión de causa una compra efectuada a distancia, la cual se encontraba perfeccionada. Además, acusa a la empresa proveedora de imponer condiciones más gravosas para el cobro de la nota de crédito por el monto pagado, ya que dispuso que aquel trámite sólo se podía hacer de manera presencial, en circunstancias que toda la ciudad de Curicó se encontraba en cuarentena por causa del COVID-19, esto a pesar de que el negocio se realizó por internet.

El Servicio alega que los hechos expuestos configuran una infracción a la Ley del Consumidor y, en virtud del mandato legal conferido a ese servicio, deduce denuncia infraccional.

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