Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado.

Municipalidad de Puerto Montt actuó dentro de sus facultades al reubicar a comerciantes ambulantes en calles del centro de la ciudad.

Además, el municipio mantuvo en todo tiempo las fiscalizaciones al comercio informal.

Por Redacción·11 de marzo de 2022·3 min de lectura
Municipalidad de Puerto Montt actuó dentro de sus facultades al reubicar a comerciantes ambulantes en calles del centro de la ciudad.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Puerto Montt, que rechazó el recurso de protección interpuesto por la Cámara de Comercio, Industria y Turismo Puerto Montt AG., en contra del municipio, por la reubicación de 80 comerciantes ambulantes.

En su libelo, la actora indicó que debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19, el comercio formal en la ciudad se vio afectado, no así el ambulante, el cual proliferó descontroladamente por las calles, convirtiéndose en un foco de contagio, pese a las restricciones que el municipio impuso en cuanto a delimitar las calles en que se podía ejercer la actividad informal.

Agrega que la resolución emitida por la recurrida, vigente desde marzo de 2020, estatuye 3 calles principales del centro de la ciudad en que se permite el comercio ambulante, pero, pese de ello, el comercio en la ciudad sigue en aumento, con lo que la medida de reubicación anunciada por diversos medios de comunicación locales, es un acto arbitrario e ilegal que vulnera sus garantías de igualdad ante la ley, y el derecho a desarrollar una actividad económica. En este punto, agrega que es evidente la omisión de la Municipalidad en controlar el comercio ambulante, y en que a los asociados al gremio se les renovaría el permiso en las mismas condiciones que a los comerciantes irregulares, pese a ser comercio formal y establecido.

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