Recurso de nulidad acogido.
No constituye un indicio que un ciudadano al percatarse de la presencia policial se devuelva por la misma calle por la que transitaba. Dicho comportamiento es una conducta neutra.
Aunque los jueces de instancia hayan afirmado su convicción condenatoria en prueba producida en la audiencia, al emanar ella del mismo procedimiento viciado no puede ser siquiera considerada.

La Corte Suprema acogió recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, que condenó al acusado a 541 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas.
En su libelo, el condenado sustentó su acción en la causal contemplada en el artículo 373, letra a), del Código Procesal Penal, esto es, en la infracción sustancial, en cualquier etapa del procedimiento o en la sentencia, de derechos o garantías asegurados por la Constitución o por los Tratados Internacionales, en cuanto se han vulnerado las garantías del debido proceso, del derecho a la libertad ambulatoria y del derecho a la intimidad, en cuanto se realizaron por parte de funcionarios policiales diligencias autónomas de investigación fuera del marco legal, en particular un control de identidad sin la existencia del indicio exigido por el legislador.
Señala que el control de identidad y el posterior registro de sus vestimentas fue realizado fuera de los límites previstos en el artículo 85 del Código Procesal Penal, toda vez que, de las declaraciones vertidas en el juicio oral, se puede inferir que el único indicio que tuvieron presente los funcionarios policiales fue que al ver su presencia se devolvió, desplegando una conducta neutral.
Comentarios (1)
Andres Mercanti Con todo respeto, un chiste.
Te puede interesar

Control de identidad.
El traspaso de un objeto no es indicio de la comisión de un delito, ni habilita el actuar autónomo de la policía.

Recurso de unificación de jurisprudencia inadmisible.
Corte Suprema condena a contratista y empresa agrícola a pagarle solidariamente una indemnización total de $25.781.500 por accidente laboral a trabajadora temporera.

"Delitos de prevaricación administrativa y negociación incompatible".
Juzgado de Garantía de Santiago decretó el sobreseimiento definitivo de la causa abierta por las querellas presentadas por empresa inmobiliaria y concejal en contra del alcalde de la comuna de Recoleta Daniel Jadue.

