Recurso de casación en el fondo rechazado.
No se puede constituir por la vía judicial un derecho de aprovechamiento de aguas si en la solicitud inicial faltaban antecedentes, resuelve la Corte Suprema.
Al momento de solicitar ante la Dirección Regional de Aguas la constitución del derecho de aprovechamiento, la actora no acompañó el permiso de uso de suelo pendiente de emisión por el Ministerio de Bienes Nacionales, hecho que no puede ser obviado por la judicatura, pues de hacerlo, contradice texto expreso de un Decreto Supremo.

La Corte Suprema desestimó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que no hizo lugar al reclamo de ilegalidad presentado en contra de la Dirección General de Aguas (DGA), que rechazó una solicitud de constitución de derecho de aprovechamiento de aguas.
La empresa Sociedad Química Minera de Chile S.A. presentó un reclamo de ilegalidad en contra de una Resolución Exenta de la DGA que rechazó un recurso de reconsideración, por no acoger la solicitud de constitución de un derecho de aprovechamiento de aguas en un punto denominado “RL 13”, ubicado en la comuna de Pozo Almonte, región de Tarapacá, del cual se pretendía captar un caudal subterráneo de 100 litros por segundo.
La Dirección Regional de Aguas desestimó la solicitud, luego de observar que la empresa no adjuntó la autorización de uso de suelo para pedir el derecho de aprovechamiento, trámite que debe ser evacuado por el Ministerio de Bienes Nacionales; decisión que fue elevada ante la DGA para reconsideración, argumentando que desde el año 2003 el solicitante tramita en Bienes Nacionales la autorización exigida, no obstante, por diversas trabas administrativas aún no se le ha otorgado el permiso de uso de suelo.
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