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La autodenuncia en el Código de Aguas, a ocho años de su dictación

Autodenuncia en aguas

La autodenuncia en el Código de Aguas, a ocho años de su dictación

La Ley N.º 21.064 (2018) reformó el régimen sancionatorio en materia de aguas, otorgando a la Dirección General de Aguas la potestad para fiscalizar y sancionar infracciones e incorporando la figura de la autodenuncia como mecanismo de incentivo al cumplimiento normativo. Sin embargo, a ocho años de su publicación, la institución no logró ser una herramienta útil para una correcta gestión de las aguas.

10 de septiembre de 2026

Imagen: paiscircular.cl

Desalinización: régimen jurídico

La nueva ley de desalinización: consolidación de un régimen paralelo al Código de Aguas

La Ley N° 21.813 sobre uso de agua de mar para desalinización constituye un avance relevante en la regulación hídrica chilena, incorporando mecanismos de planificación, fiscalización y coordinación institucional. Sin embargo, la normativa mantiene vacíos respecto de la naturaleza jurídica del agua desalinizada y su integración al régimen tradicional del Código de Aguas. El presente trabajo analiza críticamente dichas tensiones, sosteniendo que la ley consolida un estatuto hídrico funcionalmente paralelo al sistema clásico de derechos de aprovechamiento.

14 de mayo de 2026

Imagen: Chat/Elke

Opinión

La desalación en Chile: ¿un régimen paralelo al Código de Aguas?, por Montserrat Von-Harsen Belaustegi

El artículo examina la nueva regulación chilena sobre desalinización y su impacto en el sistema de aguas. Aborda la configuración de un régimen híbrido que tensiona las categorías del Código de Aguas, advirtiendo que la falta de coherencia normativa puede llegar a afectar la seguridad jurídica y la inversión. Se concluye destacando la necesidad de mayor claridad institucional.

02 de mayo de 2026

Imagen: timeline.cl

Derecho de aguas

Corte de Antofagasta reconoce derechos ancestrales de agua a comunidad indígena de Ollagüe

Revocó sentencia de primera instancia. Reconoce el uso ancestral, permanente y colectivo de la vertiente Cebollar. Ordena inscribir derechos de aprovechamiento a nombre de la comunidad. Aplica perspectiva intercultural en la interpretación del Código de Aguas. Prioriza la Ley Indígena sobre disposiciones generales. Destaca el deber estatal de proteger derechos indígenas sobre aguas en sus territorios. Destacó el deber del Estado de proteger las aguas indígenas conforme a la Ley 19.253 y el Convenio 169 de la OIT.

06 de noviembre de 2025

Corte Suprema acoge recurso de queja en juicio de cuentas al no demostrarse la calidad de cuentadante del funcionario

Casación fondo acogida

Corte Suprema anula fallo que ordenaba otorgar derechos de agua sin análisis técnico

Solicitud original data de 2005 y fue rechazada por la DGA en 2022 debido a un error en la comuna declarada. Corte de Apelaciones había ordenado otorgar los derechos, criticando la demora y formalismo de la DGA. Corte Suprema determinó que no se puede constituir derechos de agua sin un examen técnico de la autoridad. Ordenó continuar el trámite administrativo, previa rectificación del error en la solicitud. Con todo, fallo critica la "improcedente" demora de la DGA, pero sostiene que esto no autoriza a los tribunales a sustituir el análisis técnico

31 de octubre de 2025

DGA rechaza solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas por falta de autorización del Ministerio de Bienes Nacionales

Casación en el fondo rechazada

DGA rechaza solicitud de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas por falta de autorización del Ministerio de Bienes Nacionales

Minera Las Cenizas pedía derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas en Taltal, Antofagasta. Corte Suprema rechazó la solicitud por ausencia de autorización del Ministerio de Bienes Nacionales para captar agua en terreno fiscal. Ratificó decisión de la Corte de Santiago había desestimado la reclamación de la minera. DGA actuó conforme a la normativa vigente y no se configuraron ilegalidades ni vulneraciones a principios administrativos

27 de octubre de 2025

Imagen: electromineria.cl

Sin fundamentos válidos

Tribunal Constitucional declara derechamente inadmisible requerimiento de inaplicabilidad asociación de canalistas en disputa por aguas del río Laja

La acción de inaplicabilidad no puede usarse como instancia de revisión de fallos judiciales. La controversia se origina en la discrepancia con lo resuelto por la Corte de Santiago, no en la aplicación de los preceptos impugnados. La inaplicabilidad está configurada como un instrumento de eliminación o supresión concreta de uno o más preceptos legales y no para reformular la normativa aplicable.

30 de septiembre de 2025

Corte Suprema ratifica anulación de multa a jubilado por obras no autorizadas en Río Mapocho

Casación fondo rechazada

Corte Suprema ratifica anulación de multa a jubilado por obras no autorizadas en Río Mapocho

La Corte de Santiago había acogido la reclamación del afectado, atendido que el terreno estaba tomado ilegalmente por terceros, que existía un caso fortuito o fuerza mayor y que la DGA no resolvió oportunamente un recurso de reconsideración dentro del plazo de 30 días. La Corte Suprema determinó que la DGA no denunció transgresión a una norma decisoria de la controversia.

26 de septiembre de 2025

cooperativa

Recursos de casación desestimados

Corte Suprema ratifica validez de resoluciones de la DGA sobre cauce del Río Acha que ordenaron restituir el cauce del río y paralizar obras

Desestimó nulidad de actos administrativos y reivindicación de terrenos ribereños. Alegaciones sobre falta de fundamentación en la sentencia recurrida. No se configuraron los errores de derecho alegados ni se denunció la infracción de normas decisorias de la litis, y que los preceptos invocados fueron incorrectamente aplicados.

28 de junio de 2025

imagen: wikipedia

Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que regulan el pago de patente por no utilizar las aguas, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La requirente alega que los preceptos legales objetados infringen la igual repartición de los tributos, el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica, desde que debe pagar un tributo como consecuencia de que la DGA no ha tramitado el traslado de su derecho aprovechamiento de aguas solicitado hace más de 6 años.

22 de agosto de 2024

Imagen: informatemas.cl

Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

Alteración del cauce de un canal de regadío requiere la autorización previa de la Dirección General de Aguas.

Una vecina de Chillán denunció la destrucción de deslindes de su predio y la modificación arbitraria del trazado de un curso de agua, por parte de los trabajadores de una planta de revisión técnica contigua, obras que pese a estar autorizadas por el DOM, no contaban con el permiso de la DGA para alterar el curso del canal de riego que atravesaba ambos predios, y que luego de la intervención de la recurrida, ahora divide en dos el predio de la recurrente.

17 de mayo de 2024

Imagen: it.123rf.com

Recurso de casación en el fondo acogido.

Plazo para impugnar resoluciones de la Dirección General de Aguas excluye el día sábado como hábil para su cómputo.

El máximo Tribunal estimó que debido a la naturaleza de las acciones perseguidas por la reclamación, el plazo para deducirla debe excluir del cómputo al día sábado, en atención a las reglas de la Ley Nº19.880, pues los plazos judiciales comenzarán a aplicarse a la tramitación una vez que el reclamo esté siendo conocido ante la magistratura y no antes.

03 de mayo de 2024

Imagen: Radio Agricultura

Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.

Plazo para deducir el reclamo de ilegalidad contemplado en el Código de Aguas es un término administrativo y no judicial.

La Corte Suprema indicó que, los 30 días que estipula el artículo 137 del Código de Aguas para reclamar las resoluciones de la DGA, deben ser computados como un plazo administrativo, y no le resulta aplicable la regla del artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, que considera el día sábado como hábil.

06 de abril de 2024

Certificado de goce entregado por la CONADI no acredita el dominio de un terreno indígena, a fin de constituir derechos de aprovechamiento de aguas sin autorización de los demás copropietarios.

Contraloría General de la República.

Certificado de goce entregado por la CONADI no acredita el dominio de un terreno indígena, a fin de constituir derechos de aprovechamiento de aguas sin autorización de los demás copropietarios.

DGA tiene la obligación de verificar el cumplimiento de los requisitos para la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas -en razón de la protección que debe brindar a las aguas existentes para beneficio de las comunidades indígenas.

22 de noviembre de 2023

Imagen: www.derechoecuador.com

Recurso de casación en el fondo acogido.

Plazo de 30 días para reclamar la ilegalidad de una resolución dictada por la DGA debe computarse como plazo administrativo.

La Corte de Santiago declaró inadmisible el reclamo de ilegalidad por extemporáneo, debido a que aplicó las reglas de los plazos judiciales considerando como día hábil el sábado, cuando lo que correspondía era considerar inhábil los días sábado y domingo, debido a que la resolución reclamada era de naturaleza administrativa, y no judicial.

27 de abril de 2023

Imagen: DF.

Recurso de reclamación contra la DGA.

Derechos de aprovechamiento de aguas quedan afectos al pago de patentes por no uso si las obras de captación y restitución del recurso hídrico no cuentan con la recepción definitiva de la autoridad.

La actora alegó que no era necesario contar con la recepción de las obras, sino que bastaba con la finalización de las obras de captación y uso de las aguas para eximirse del pago de patentes por no uso, argumento que fue desechado por la Corte.

05 de marzo de 2023

Imagen: Revistatecnicosmineros.com

Recurso de casación en el fondo rechazado.

No se puede constituir por la vía judicial un derecho de aprovechamiento de aguas si en la solicitud inicial faltaban antecedentes, resuelve la Corte Suprema.

Al momento de solicitar ante la Dirección Regional de Aguas la constitución del derecho de aprovechamiento, la actora no acompañó el permiso de uso de suelo pendiente de emisión por el Ministerio de Bienes Nacionales, hecho que no puede ser obviado por la judicatura, pues de hacerlo, contradice texto expreso de un Decreto Supremo.

20 de octubre de 2022

Image: Facebook Municipalidad de Quilleco

DGA

Recurso de reconsideración resuelto por la Dirección General de Aguas luego de casi 7 años no provoca el decaimiento del procedimiento administrativo, resuelve la Corte de Santiago.

El decaimiento del procedimiento administrativo sólo puede operar si, entre el inicio del mismo y la dictación de la resolución terminal, transcurre el plazo de 6 meses, no pudiendo considerarse para el cómputo de dicho plazo el tiempo utilizado en resolver los recursos presentados en contra del acto terminal.

22 de agosto de 2022