Declaración de indignidad acogida.
Procede declarar indigna para suceder a ex cónyuge y autora material del homicidio de su padre.
Tribunal de base estima que concurren las causales de los numerales 1 y 2 del artículo 968 del Código Civil, en razón del crimen cometido.

El Primer Juzgado Civil de San Miguel acogió la demanda deducida por el hijo del causante, mediante la cual solicitó la declaración de indignidad para suceder de Johanna Hernández, ex cónyuge y autora material del homicidio de su padre, el profesor Nibaldo Villegas.
En su libelo, la actora manifiesta que Hernández fue condenada a presidio perpetuo calificado por el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, como autora material del delito consumado de parricidio, perpetrado en contra de su entonces cónyuge Nibaldo Villegas Gutiérrez, sentencia que se encuentra firme al momento de presentar su arbitrio.
El actor fundamenta su reclamo de indignidad en el artículo 968 del Código Civil. Expone que los hechos en base a los cuales se condenó, se pueden subsumir en las primeras dos causales previstas en la citada norma. Así, la condena por parricidio configura la hipótesis del N°1 del artículo 968. A su vez, expresa que tal conducta típica, por su entidad y pena asociada, constituye un atentado grave contra la vida del causante, configurándose de esa manera la causal N°2 de la norma referida.
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