Corte rechaza recurso de nulidad
Recurrente no menciona una sola y concreta norma penal sustantiva que haya sido contravenida por el tribunal de fondo a efectos de calificar el hecho imputado como delito, por lo que el recurso de nulidad no puede prosperar.
Tampoco señala qué principios de la sana crítica habrían sido vulnerados, cómo el Tribunal infringió los parámetros de fundamentación y racionalidad, ni qué hechos fueron erróneamente establecidos o cómo ello afectó la decisión final, por lo que la causal alegada carece de toda fundamentación.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la capital, que condenó al acusado a la pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito reiterado de abuso sexual de menor de catorce años.
El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho y vulnerando el principio de inocencia y el derecho a defensa, ya que los sentenciadores interpretaron incorrectamente las normas sustantiva relativas a la tipificación del delito de abuso sexual, al no haberse acreditado de manera fehaciente los hechos imputados ni la participación del acusado, basándose la condena en pruebas débiles, testimonios contradictorios y sin una evaluación adecuada de los elementos que podrían haberlo exonerado de responsabilidad, por lo que se trasgredió el principio in dubio pro reo al condenar al acusado pese a la existencia de dudas razonables sobre la veracidad de los testimonios, especialmente de un familiar con presuntos intereses económicos.
Aduce que, al no poder contradecir adecuadamente pruebas clave, especialmente el testimonio de un hijo del acusado, se vulneró el derecho a defensa y se infringieron las reglas de la sana crítica, ya que la condena se basó en testimonios sesgados sin suficiente corroboración, en cuanto no hubo pruebas que acreditaran la culpabilidad del acusado.
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