Diario Constitucional

Eventual vulneración de garantías constitucionales.

Recurso de protección de psicóloga declarada no apta en Proceso de Habilitación del Personal Transitorio del Poder Judicial, se declara admisible.

La actora solicitó su inclusión en el listado de habilitados respecto de los grupos a los que postuló o la realización de una nueva evaluación psicolaboral.

Por Redacción·07 de enero de 2022·3 min de lectura
Recurso de protección de psicóloga declarada no apta en Proceso de Habilitación del Personal Transitorio del Poder Judicial, se declara admisible.
Referencial

La Corte Suprema revocó la resolución dictada por la Corte de Santiago, y declaró admisible el recurso de protección interpuesto por una psicóloga en contra del Subdepartamento de Reclutamiento y Selección dependiente de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, por ser declarada no apta en el Proceso de Habilitación del Personal Transitorio del Poder Judicial de agosto de 2021.

La actora expuso que postuló al Proceso de Habilitación del Personal Transitorio del Poder Judicial, respecto de los Grupos 3 (correspondiente a Consejeras Técnicas), 4 (respecto de Administrativos Jefe, 1° y 2°), 7 (correspondiente entre otros a Administrativo 3°) y 8 (correspondiente entre otros a Oficial de Sala, auxiliares); sometiéndose a un examen de conocimiento, obteniendo un puntaje de 90 de un máximo de 100, por lo que avanzó a la etapa de Habilidades y Destrezas, aprobándola también con 57 puntos.

Añade que, en virtud de tales resultados, avanzó hasta la etapa de Evaluación Psicolaboral, instancia en que se rechazó su postulación por no estar apta; alegando que no se señalaron razones aduciéndose confidencialidad. Por ello, presentó una reconsideración, ya que tal evaluación dura 1 año, no obstante, fue rechazada.

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