Diario Constitucional

Ley 19.496.

Resolución del TDLC que declara inadmisible demanda no cumple la naturaleza jurídica para ser impugnada en sede de un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.

La resolución no pone término al procedimiento ni hace imposible su continuación, toda vez que éste prosigue respecto de uno de los tres demandados.

Por Redacción·09 de octubre de 2021·2 min de lectura
CS declara admisible recurso de protección contra Comunidad de Edificio que solicitó a una propietaria poner término al contrato de arrendamiento celebrado.
Referencial

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de reclamación deducido por la Asociación de Consumidores y Usuarios de Chile en contra de la resolución pronunciada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que declaró inadmisible la demanda deducida en contra de SMU S.A. y Walmart Chile.

En su presentación, la actora expuso que dedujo demanda de indemnización de perjuicios por afectación al interés colectivo y difuso de los consumidores en contra de Cencosud S.A., SMU S.A. y Walmart Chile, a fin de obtener reparación íntegra de todos los daños provocados a los consumidores a causa del acuerdo existente entre las demandadas para establecer cuotas en la venta de pollos.

Explica que la demanda fue declarada admisible por el Tribunal, y en contra de dicha resolución las demandadas opusieron incidentes de nulidad, esgrimiendo la inadmisibilidad del libelo, ya que existía un procedimiento voluntario colectivo ante SERNAC, referente a los mismos hechos que fundan la acción, siendo aplicable la regla establecida en el artículo 54 letra H) de la Ley 19.496.

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