Diario Constitucional

Derecho de aprovechamiento de aguas.

Reclamo deducido en contra DGA por negar traslado del ejercicio de un derecho de aprovechamiento de aguas, es rechazado.

La decisión de la autoridad se fundó en que el traslado de ese punto de captación se había efectuado con anterioridad, siendo oponible a la actora atendida su calidad de actual titular del derecho de aprovechamiento de aguas.

Por Redacción·07 de octubre de 2021·5 min de lectura
Imagen: Pexels.com
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Santiago, que desestimó el reclamo interpuesto por Inversiones Cordillera en contra de la resolución dictada por la Dirección General de Aguas, que mantuvo la negativa de traslado de ejercicio del derecho de aprovechamiento de aguas.

En su libelo, la actora explica que en el año 1997 se constituyó en favor de la Inmobiliaria Los Alerces un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales, consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, sobre aguas del río Maipo, por un caudal de 400 litros por segundo.

Refiere que Inmobiliaria Los Alerces fue objeto de división y posteriormente, el derecho de aprovechamiento de aguas sufrió diversas mutaciones en su dominio, hasta que en diciembre del año 2009 Inversiones Praderas La Dehesa, quien entonces ostentaba su titularidad, solicitó el traslado de su punto de captación a una tercera locación, mencionando como actual lugar de ejercicio el punto de captación original, sin mencionar el punto de captación modificado en el año 2001.

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