Juzgado Civil de Santiago.
Robo de vehículo desde estacionamientos: El deber legal de proporcionar estacionamientos a los clientes, no se agota con poner a disposición del público el lugar físico.
La magistrada estableció la responsabilidad del supermercado al infringir el deber de vigilancia y resguardo del estacionamiento del local comercial donde se registró la sustracción del vehículo.

El Decimoctavo Juzgado Civil de Santiago condenó la empresa Administradora de Supermercados Híper Limitada a pagar una indemnización total de $5.841.000 por concepto de daño emergente, a cliente que sufrió el robo de su automóvil desde los estacionamientos de local de Cerrillos, en marzo de 2020.
El fallo señala que, la actora hace consistir el ilícito civil de la demandada en la falta en su deber de custodia y de seguridad que esta otorga a sus clientes en el estacionamiento de su establecimiento comercial, en el cual sufrió el robo del vehículo. Por tanto, corresponde determinar si dentro de las obligaciones de la demandada se encuentra la de vigilar y resguardar la seguridad de los estacionamientos.
La resolución agrega que, sobre esta obligación, existe nutrida jurisprudencia respecto a que el deber legal de proporcionar estacionamientos a los clientes, no se agota con poner a disposición del público el lugar físico, sino que va acompañada de otros deberes implícitos que le son inherentes, como la adopción de medidas para una adecuada y segura circulación, o la adopción de medidas de seguridad que tiendan a evitar hechos delictivos sobre los vehículos de los usuarios, debiendo adoptar medidas de defensa eficientes, eficaces y efectivas para evitar el evento dañoso o sus consecuencias.
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