Recurso de apelación rechazado.
Sanción impuesta al Colegio Salesianos de Alameda en razón de que su reglamento no se ajusta a la normativa vigente en procedimiento de expulsión de alumno, se ajustó a derecho.
La reclamada actuó dentro del ámbito de sus atribuciones al aplicar la sanción y de conformidad a la normativa vigente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por Corte Santiago, que rechazó el reclamo de ilegalidad deducido por el rector de la Congregación Salesiana-Centro Educativo Salesianos de Alameda, en contra de la resolución exenta de la Superintendencia de Educación, que mantuvo la sanción interpuesta de privación parcial y temporal de la subvención general en 2% por dos meses.
La recurrente expone que, la Superintendencia de Educación revisó el procedimiento utilizado por el establecimiento para expulsar a un alumno, realizándole observaciones, y que en tal contexto se ordenó la instrucción de un proceso administrativo sancionatorio en su contra, en el cual el fiscal a cargo de la investigación decidió formular cargos por no cumplir con la normativa vigente en el procedimiento de expulsión y/o cancelación de matrícula del alumno, específicamente a lo dispuesto en el artículo 6 del DLF N°2.
Refiere que, el Director Regional de la Superintendencia confirmó el cargo, aplicándole una multa de privación parcial y temporal de la subvención general del 2% por dos meses. En contra de esta resolución interpuso recurso de reclamación, el cual fue rechazado.
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