Corte Suprema rechaza casación
Sentencia sí contiene fundamentos suficientes para desestimar la excepción de pago en juicio ejecutivo de cobro de costas contra ISAPRE.
Incluye el marco legal aplicable a la excepción de pago, razona sobre la cesión del crédito al ejecutante y la falta de prueba del pago al nuevo acreedor. También analiza que el solo hecho de dejar un vale vista a nombre del afiliado no acredita el pago efectivo, y concluye que en realidad el recurrente discrepa de la valoración de la prueba realizada por los jueces de instancia, lo cual no constituye un vicio formal.

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en la forma interpuesto por la parte ejecutada en un juicio ejecutivo de obligación de dar seguido en contra de una ISAPRE a la cual se le cobran costas judiciales cedidas.
Por sentencia de primer grado se acogió parcialmente la excepción de pago interpuesta por el ejecutado en juicio de cobro de costas seguido en contra de una ISAPRE, ordenándose seguir adelante con la ejecución solo en relación las costas generadas en dos causas.
La Corte de Apelaciones de Concepción revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó continuar con la ejecución de las costas judiciales que habían sido cedidas al ejecutante hasta su completo pago.
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