Tope máximo de isapres
Alza Isapres
Lo que la ley presume justificado para todos los efectos legales es el tope máximo fijado por la Superintendencia y no el porcentaje en que cada Isapre decida aumentar sus respectivos planes.

Una reciente nota en La Tercera da cuenta de que las Isapres están a la espera de un decisivo fallo de la Corte Suprema respecto de la apelación de los recursos de protección por alza a los planes de salud. Pero no solo ellas están a la espera, también lo están miles de chilenos y chilenas que exigen en tribunales lo mínimo: un trato no arbitrario por parte de sus Isapres.
La nota indica que “algunos” creen que si la Suprema acoge el recurso sería “hacerle la desconocida a una ley que aprobó por unanimidad el Congreso”, refiriéndose a la nueva ley que faculta a la Superintendencia de Salud a fijar un máximo para las alzas. Aunque la nota no explica quiénes son esos “algunos”, lo cierto es que no es cierto. Es correcto afirmar que la nueva ley establece que la Superintendencia fijará un máximo para las alzas (7,6 %) y que dicho máximo*“se entenderá justificado para todos los efectos legales”*.
Sin embargo, lo que la ley presume justificado para todos los efectos legales es el tope máximo fijado por la Superintendencia y no el porcentaje en que cada Isapre decida aumentar sus respectivos planes. Todas las Isapres aumentaron sus planes en un 7,6 % de manera discrecional, justificándose en que “es el indicador fijado por la Superintendencia”. Pero ese indicador es solo el tope máximo, por lo que en todo lo que va entre 0 % y 7,6 % deben aplicarse las mismas reglas que siempre se han aplicado. Por esa razón, al acoger los recursos la Corte Suprema no estará haciendo la desconocida a ninguna ley, sino simplemente evitando actos arbitrarios, restableciendo el imperio del derecho y asegurando la debida protección jurídica de los afectados.
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Comentarios (3)
Jose Los precios pactados son UF por lo cual esta alza es sobre el reajuste acordado para el plan.
Claudio Queirolo Benavides Toda la razón colega, siento que la ley, al final de cuentas al establecer un máximo, les otorgó a las isapres un mínimo de alza, es decir, que todas las que hubiesen subido los planes en menor medida, se acogieron a la norma para subirlo al máximo permitido. Creo que la fijación de ganancias, alzas de precios o precios, lisa y llanamente, no son la solución para este tipo de cosas.
Marcos Saralegui La ley es demasiado arbitraria. Mala jugada por parte del legislador, ojalá que las isapres de una buena vez aprendas.
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