Controversia se encuentra en conocimiento de la justicia.
Si existe una investigación criminal en curso por el delito de usurpación no procedente solicitar el desalojo de los imputados en sede un recurso de protección.
La magistratura estimó que al estar formalizada una investigación en contra de los recurridos, y decretada en su contra la medida cautelar de desalojo, no puede prosperar la acción cautelar que persiga el mismo resultado, pues el litigio ya está en conocimiento de la justicia y se han decretado medidas tendientes a la protección de los derechos de la recurrente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que rechazó el recurso de protección interpuesto por una empresa dueña de un predio usurpado por los recurrentes, ubicado en la comuna de Paillaco.
La recurrente afirmó ser dueña de una hacienda de 497,40 hectáreas de superficie, de las cuales, 6,13 hectáreas fueron usurpadas clandestinamente por los recurridos, con el objeto de construir una vivienda en el lugar y robar madera de los bosques existentes al interior del retazo.
Añade que denunció tal acto ante la justicia, existiendo a la fecha una investigación criminal por los delitos de amenazas, usurpación no violenta y robo de madera. En tal sentido, aduce que los recurridos han amenazado en reiteradas oportunidades a los trabajadores de la actora, acusando pertenecer a una comunidad mapuche que reclama el predio como un territorio ancestral, en circunstancias que, en los hechos, operan como una banda criminal dedicada a la usurpación de terrenos fiscales y particulares; por lo tanto, solicita a la Corte que ordene a los recurridos el inmediato desalojo del predio usurpado.
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