Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma que dispone que caerán en comiso vehículos motorizados utilizados para cometer el delito de robo de madera, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, ya que si bien la Ley N°21.248 tiene por objeto luchar contra las organizaciones criminales que se dedican a cometer cierta clase de delitos, al mismo tiempo le genera un perjuicio a terceros de buena fe, desde que les impide interponer tercería o reclamación.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso tercero del artículo 448 septies del Código Penal.
El precepto legal impugnado señala:
“Artículo 448 septies.- El que robe o hurte troncos o trozas de madera comete el delito de sustracción de madera y será sancionado con las penas señaladas en los Párrafos II, III y IV del presente Título. Cuando la madera sustraída tenga un valor que exceda las 10 unidades tributarias mensuales se aplicará además la accesoria de multa de 75 a 100 unidades tributarias mensuales.
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