Indemnización por accidente vial
Suprema rechaza demanda indemnizatoria por falta de servicio por accidente en puente de Lanco
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que confirmó el fallo del Primer Juzgado Civil de esa ciudad que desestimó una demanda de indemnización de perjuicios por falta de…

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que confirmó el fallo del Primer Juzgado Civil de esa ciudad que desestimó una demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio deducida contra el Fisco de Chile.
La controversia se originó a raíz de un accidente ocurrido mientras los demandantes transitaban por el puente Quillén, en la comuna de Lanco, donde la Dirección de Vialidad se encontraba ejecutando trabajos de conservación. A consecuencia de ese hecho, los actores solicitaron una indemnización por los perjuicios que afirmaron haber sufrido, atribuyendo al organismo público una falta de servicio.
Al contestar la demanda, el Fisco solicitó su rechazo. Entre sus defensas, alegó la falta de legitimación activa de los demandantes, la inexistencia de una falta de servicio y la ausencia de una relación de causalidad entre la actuación de la Administración y los daños cuya reparación se reclamaba.
El Juzgado Civil de Valdivia acogió la excepción de falta de legitimación activa y rechazó íntegramente la demanda. El tribunal estableció que el vehículo involucrado en el accidente figuraba inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados a nombre de un tercero, por lo que los demandantes no eran titulares del derecho patrimonial cuya reparación pretendían obtener.
La sentencia destacó que los propios actores reconocieron en su demanda que el automóvil se encontraba inscrito a nombre del padre de uno de ellos, circunstancia que, a juicio del tribunal, impedía considerarlos directamente afectados por el perjuicio patrimonial reclamado.
El fallo también descartó la existencia de un daño moral autónomo. Señaló que este se sustentaba principalmente en la pérdida e inutilización del vehículo y en el valor sentimental que los demandantes le atribuían, sin que se hubiera acreditado una afectación independiente a su integridad física o psíquica.
Asimismo, el tribunal indicó que, aun si se hubiera reconocido legitimación activa a los demandantes, los perjuicios materiales tampoco fueron acreditados adecuadamente, ni en cuanto a su existencia ni respecto de su monto, debido a la insuficiencia de la prueba rendida.
La Corte de Valdivia confirmó la sentencia de primera instancia y mantuvo el rechazo de la demanda indemnizatoria.
En contra de esa decisión, los demandantes interpusieron un recurso de casación en el fondo, denunciando la infracción de los artículos 23 del Código de Procedimiento Civil y 1698 y 2314 del Código Civil.
En lo sustancial, sostuvieron que la sentencia había restringido indebidamente la legitimación activa al propietario inscrito del vehículo, pese a que uno de los demandantes mantenía la posesión material del automóvil, lo utilizaba de manera exclusiva y soportaba la carga económica derivada del crédito contratado para adquirirlo.
También alegaron una incorrecta aplicación de las reglas sobre carga de la prueba y una errónea valoración de los documentos acompañados al proceso.
La Corte Suprema rechazó el recurso. El máximo tribunal recordó que corresponde a los jueces del fondo determinar los hechos de la causa y valorar la prueba rendida, facultades que solo pueden ser revisadas mediante un recurso de casación cuando se demuestra una infracción a las leyes reguladoras de la prueba.
En este caso, concluyó que el recurso se sustentaba en una versión de los hechos distinta de aquella establecida por los tribunales de la instancia y que no se había demostrado ninguna alteración de las reglas sobre distribución de la carga probatoria.
La Corte sostuvo que los demandantes simplemente no acreditaron los presupuestos necesarios para fundar su acción indemnizatoria.
Además, señaló que la sentencia impugnada estableció que los actores no demostraron de manera suficiente la existencia ni la cuantía del daño material reclamado, ni tampoco un daño moral autónomo e independiente del perjuicio patrimonial asociado al vehículo.
Por ello, el máximo tribunal concluyó que las alegaciones formuladas en el recurso pretendían, en realidad, modificar los hechos establecidos por los jueces del fondo y obtener una nueva valoración de la prueba, cuestión que no resulta procedente a través de un recurso de casación en el fondo.
En consecuencia, la Corte Suprema rechazó el recurso y mantuvo íntegramente la sentencia que desestimó la demanda de indemnización de perjuicios presentada contra el Fisco de Chile.
Vea sentencia Corte Suprema Rol N°16711-2026, Corte de Valdivia Rol N°158-2026 y del Primer Juzgado Civil de Valdivia Rol N°C-867-2025.
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