Fuerza en estado de emergencia.
TOP de Concepción condena a 800 días de presidio a sargento de Ejército por apremios ilegítimos.
El Tribunal dio por acreditado, que alrededor de las 10 horas del 22 de octubre de 2019, estando vigente toque de queda, en las inmediaciones de la plaza Condell de Concepción, Herrera Villa y otros dos funcionarios del Ejército realizaron un control a la víctima, Gastón Santibáñez Palomera. Contexto en el cual el condenado, infringiendo la normativa sobre reglas para el uso de la fuerza en estado de emergencia, le disparó a quemarropa, a unos 30 centímetros de distancia, con la escopeta que portaba.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó al sargento de Ejército Héctor Hernán Herrera Villa, a la pena de 800 días de presidio, en calidad de autor del delito consumado de apremios ilegítimos. Ilícito perpetrado en octubre de 2019, en la vía pública.
El Tribunal dio por acreditado, que alrededor de las 10 horas del 22 de octubre de 2019, estando vigente toque de queda, en las inmediaciones de la plaza Condell de Concepción, Herrera Villa y otros dos funcionarios del Ejército realizaron un control a la víctima, Gastón Santibáñez Palomera. Contexto en el cual el condenado, infringiendo la normativa sobre reglas para el uso de la fuerza en estado de emergencia, le disparó a quemarropa, a unos 30 centímetros de distancia, con la escopeta que portaba, lo que le generó a Santibáñez Palomera una herida en un muslo. Herido, Santibáñez Palomera fue reducido violentamente y trasladado hasta la avenida Paicaví, arteria donde fue arrojado al suelo.
A consecuencia del disparo de alta energía, la víctima fue sometida a una intervención quirúrgica para extraer la munición y el taco del cartucho. Las lesiones que sufrió Santibáñez Palomera fueron calificadas como de mediana gravedad y le provocaron un deterioro físico.
Temas
Te puede interesar

Recurso de reclamación rechazado.
Juzgado de Letras del Santiago confirma multa a distribuidora de electricidad por incumplimiento de cláusulas de convenio colectivo.

Nulidad de oficio.
Sentencia dictada sin el debido emplazamiento y sin ajustarse al procedimiento especial de aplicación de medidas de protección, es anulada por Corte de Antofagasta.

Recurso de casación inadmisible.
Corte Suprema confirma fallo que condenó a empresa sanitaria a pagar una indemnización total de $81.000.000 por inundación de viviendas en Iquique.

