Diario Constitucional

Legítima defensa en contexto de violencia intrafamiliar

Tribunal de Antofagasta absuelve a mujer que cercenó parte de la lengua de su expareja al defenderse de una agresión física y sexual

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta absolvió a una mujer acusada por el Ministerio Público como autora del delito consumado de mutilación de miembro importante, en contexto de violencia intrafamiliar, al establecer que actuó en legítima defensa frente a una agresión física y…

Por Redacción·02 de noviembre de 2026·2 min de lectura
Tribunal de Antofagasta absuelve a mujer que cercenó parte de la lengua de su expareja al defenderse de una agresión física y sexual
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta absolvió a una mujer acusada por el Ministerio Público como autora del delito consumado de mutilación de miembro importante, en contexto de violencia intrafamiliar, al establecer que actuó en legítima defensa frente a una agresión física y sexual de su expareja.

En resolución unánime descartó la tesis de la Fiscalía, según la cual la acusada habría atacado sorpresivamente a la víctima mientras esta dormía.

Por el contrario, los jueces concluyeron que los hechos ocurrieron en un contexto de violencia verbal, física y sexual ejercida por el denunciante contra la acusada, motivado por celos y bajo los efectos del alcohol y las drogas.

Según los hechos acreditados, alrededor de las 6:00 horas del 7 de diciembre de 2025, en un inmueble del campamento La Negra de Antofagasta, un hombre insultó, amenazó y agredió físicamente a su expareja, motivado por una presunta relación sentimental de ella con un tercero. Durante el ataque, la sujetó del cuello, realizó tocaciones en sus genitales y la besó contra su voluntad, introduciendo su lengua en la boca de la mujer. Para defenderse, ella mordió la lengua de su expareja y le cercenó una parte, causándole lesiones calificadas clínicamente como graves.

El tribunal estableció que esta reacción permitió que el agresor la soltara, tras lo cual la mujer logró escapar del inmueble. Posteriormente, con ayuda de un conocido, se trasladó hasta una unidad policial del sector, donde fue detenida por funcionarios de Carabineros que ya habían sido informados de las lesiones del denunciante por una hermana de este.

Al analizar los antecedentes, los magistrados concluyeron que no se acreditó la versión de la acusación, que atribuía las lesiones a un ataque cometido mientras el hombre dormía.

En cambio, determinaron que la acusada enfrentó una agresión ilegítima, real y actual, que incluyó insultos, amenazas, golpes y actos de connotación sexual, sin que existiera una provocación suficiente de su parte.

Asimismo, consideraron que, dadas las circunstancias en que se desarrollaron los hechos, la mujer pudo razonablemente temer por su vida, especialmente porque su expareja la mantenía sujetada del cuello mientras la agredía.

En ese contexto, el tribunal estimó que la mordedura constituyó una conducta defensiva destinada a hacer cesar la agresión que estaba sufriendo y no un ataque deliberado contra el denunciante.

Por ello, tras la deliberación, los jueces establecieron que concurría la legítima defensa y resolvieron absolver a la acusada del delito de mutilación de miembro importante que le había atribuido el Ministerio Público.

La audiencia de comunicación de la sentencia quedó fijada para el 9 de noviembre, a las 15:00 horas, instancia en que se dará a conocer el fallo correspondiente.

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