Recurso de nulidad acogido por Corte de Coyhaique.
Tribunal no valoró la prueba testimonial por lo que la sentencia que absolvió a un acusado por los delitos de lesiones menos graves en contexto de VIF causadas a su ex conviviente y de maltrato relevante causado a su hijo, es nula.
No se especificó de modo alguno las razones que permitirían desestimar las versiones de estos testimonios, en circunstancias que el Tribunal necesariamente debió hacerse cargo en su fundamentación.

La Corte de Coyhaique acogió el recurso de nulidad interpuesto por el Ministerio Público en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de esa ciudad, que absolvió al acusado por los delitos de lesiones menos graves en contexto de VIF y de maltrato relevante, en perjuicio de su ex conviviente sordomuda y de su hijo.
El Ministerio Público alegó que se falló omitiendo la valoración de los medios de prueba rendidos en juicio, ya que, si bien dio por acreditado que su ex conviviente presentaba lesiones, consideró que no se podía acreditar que el imputado fue el autor de las mismas por haber sido denunciado por la madre de la víctima nueve días después de la ocurrencia de los hechos y porque no había testigos presenciales. Sin embargo, su participación en los hechos pudo ser acreditada con los testigos de oídas, cuyos testimonios no fueron valorados ni se dijo nada sobre ellos, ya sea para darles valor probatorio o ya sea para descartarlo, por lo que hubo una infracción a lo previsto en el artículo 342 letra c) del Código Procesal Penal.
En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal.
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