Edificación en altura.
Vecinos de la comuna de Macul que alegaron que cambio del plano regulador vulnera su derecho de propiedad, pierden recurso de protección.
En la especie, los vecinos reclamaban la decisión del concejo municipal que suspendió la emisión de permisos de edificación, sustentados en meras expectativas de compraventa.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un grupo de vecinos de la comuna de Macul en contra del municipio, por no informar oportunamente sobre las modificaciones al plano regulador.
En su libelo, los actores señalan que tenían avanzadas conversaciones con una empresa inmobiliaria para la venta de sus inmuebles, que construiría un condominio de departamentos. Agregan que para informarse sobre el plano regulador de la comuna, y a fin de no tener inconvenientes en la venta a realizar, acudieron a las dependencias del jefe del Departamento de Obras Municipales, quien les comunicó que mediante un proceso de participación ciudadana el municipio decidió alterar el plano regulador y suspender los permisos de edificación de obra en altura, hecho que les impediría llevar a cabo las compraventas pactadas.
Sostienen que realizaron diversas gestiones para revertir tal decisión, no obstante, y pese a tener la mayoría de los recurrentes ya firmados sus contratos de promesa de compraventa, mediante decisión del concejo municipal de agosto de 2021, se comunicó oficialmente la suspensión de los permisos de edificación en altura para la comuna.
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