En fallo unánime.
Corte de Santiago confirma fallo que acogió demanda por despido injustificado de ejecutivo de cadena de cafeterías.
El Tribunal de alzada rechazó con costas el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia pronunciada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentada por jefe de departamento de tesorería de la cadena de cafeterías Starbucks Coffee Chile S.A.
La sentencia sostiene que, en lo referente al fondo del asunto, la parte recurrente igualmente se equivocó en su planteamiento. Efectivamente, la operación de calificar un despido como debido o indebido pasar por una doble operación, tal como lo ha hecho presente el mismo recurso. En primer lugar, cuando se trata de la causal de despido de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, se ha de determinar si la conducta es o no grave. Luego, si se estima que la conducta es grave, se la subsume o no en el numeral 7 del artículo 160 del Código antes citado, escudriñando si ella constituye un incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, para lo cual se tendrá que establecer si ella está contenida o no expresamente en la convención respectiva, o si se trata de una obligación que deriva de la naturaleza del mismo.
La resolución agrega que la calificación de una circunstancia como grave constituye una operación o calificación de hecho y no de derecho, y es por ello que su determinación corresponde al juez del grado y que no se puede, por lo mismo, variarse mediante una causal de anulación sustancial como la que se revisa, precisamente porque choca con la conclusión de facto de tratarse de una conducta estimada no grave.
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