Recurso unificación de jurisprudencia inadmisible.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda de enfermedad profesional de operario agrícola.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que ordenó a la empresa demandada, la Sociedad Agrícola Santa Teresa SA, pagar la suma de $10.000.000 por concepto de daño moral, a trabajador que desarrolló hipoacusia (sordera), por exposición constante a altos niveles de ruido.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto en contra de la sentencia que acogió la demanda de indemnización de perjuicios por enfermedad profesional de operario agrícola.
El fallo señala que el recurso de unificación de jurisprudencia, es susceptible de ser deducido contra la resolución que falle el de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que ‘respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia’, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo. Asimismo, de su artículo 483-A, se desprende que esta Corte debe controlar en la admisibilidad, su oportunidad, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del arbitrio en referencia.
La resolución agrega que, conforme se indica en el recurso, la materia de derecho que se propone uniformar, dice relación con ‘considerar la sentencia que el demandante padece una enfermedad profesional producto de ejercer sus labores en la demandada lo que conlleva por sí la existencia del daño moral’.
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