Diario Constitucional

SUSESO.

Isapre no presentó antecedentes suficientes para acreditar el incumplimiento de reposo que justifique el rechazo de licencia médica.

No siempre se exige la compra de un bono para un control médico.

Por Redacción·15 de abril de 2022·2 min de lectura
Imagen: rankia.cl
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Una Isapre solicitó pronunciamiento de la Superintendencia de Seguridad Social, en relación a lo resuelto por la COMPIN, que le ordenó autorizar a su afiliado la licencia médica que indica, con reposo entre el 24 de diciembre de 2021 y el 07 de enero de 2022.

Añade que rechazó la licencia por incumplimiento del reposo, puesto que se realizó visita al domicilio del afiliado el 29 de diciembre 2021, y se entrevistó al suegro del interesado, quien informó que éste no se encontraba en el domicilio, pues había asistido a un control médico. Sin embargo, indica que el documento histórico de prestaciones no da cuenta de ninguna atención, prestación o reembolso médico para esa fecha.

Al respecto, la autoridad expone que el artículo 55, letra a) del DS N°3, dispone que corresponderá el rechazo del referido documento, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado, no considerándose como tal, su asistencia a tratamientos ambulatorios prescritos por el profesional que extendió la licencia médica, situación que deberá ser acreditada.

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