Diario Constitucional

Le resultan aplicables las normas de subcontratación.

CS acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y confirmó la sentencia que acogió una demanda en contra del Gobierno Regional de Arica y Parinacota por su responsabilidad solidaria en el despido injustificado de trabajadores.

El máximo Tribunal estableció que el gobierno regional es responsable del despido al actuarse en régimen de subcontratación.

Por Redacción·11 de diciembre de 2020·5 min de lectura
CS acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y confirmó la sentencia que acogió una demanda en contra del Gobierno Regional de Arica y Parinacota por su responsabilidad solidaria en el despido injustificado de trabajadores.
Referencial

La Corte Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y confirmó la sentencia que acogió una demanda en contra del Gobierno Regional de Arica y Parinacota por su responsabilidad solidaria en el despido injustificado de trabajadores de la Corporación de Desarrollo Arica Parinacota.

La sentencia indica que de acuerdo a lo que se viene razonando al Gobierno Regional de Arica y Parinacota le resultan aplicables las normas de subcontratación laboral previstas en los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo.

Ello, porque la contratación de los demandantes por parte de la demandada principal -Corporación de Desarrollo de Arica y Parinacota- lo fue para la implementación y desarrollo de los fines propios de la Corporación y en beneficio de la comunidad, y, por ende, en favor del Estado representado en este caso por el Gobierno Regional, por lo que es posible atribuirle la calidad de dueño de la obra, empresa o faena, configurándose la responsabilidad que se reclama.

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