En fallo dividido.
CS rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que desestimó el pago de semana corrida a trabajadora de isapre.
El máximo Tribunal descartó error en la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de nulidad enderezado en contra de la resolución que denegó el pago del beneficio.

La Corte Suprema rechazó el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que desestimó el pago de semana corrida a trabajadora de la isapre Banmédica S.A.
La sentencia indica que esta Corte, mediante diversas sentencias, como sucede, a vía ejemplar, con aquellas dictadas en los autos ingreso números 8.152-17 y 43.182-17, ha sostenido que el sentido de la reforma al artículo 45 del Código del Trabajo fue, precisamente, solucionar el problema concreto de aquellos trabajadores cuya remuneración se estructuraba en base a comisiones, pero que también percibían un sueldo mensual, normalmente muy bajo, lo que los excluía automáticamente del beneficio de la semana corrida, al no ser remunerados exclusivamente por día, lo que, de alguna forma, se transformaba en un abuso.
La resolución agrega que, si bien el referido artículo 45 no dice en forma expresa que para que los trabajadores con remuneración mixta puedan acceder al beneficio de la semana corrida, la remuneración variable debe ser devengada en forma diaria, lo cierto es que al señalar que tienen ‘igual derecho’, se está refiriendo ‘a ser remunerados por los días domingos y festivos’, y la particularidad está dada porque se otorga el derecho, no obstante percibir un sueldo mensual, lo que supone que la exigencia de que la remuneración sea diaria –cuestión que es de la esencia de la institución– se verifica respecto del otro componente de la remuneración, el variable.
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