Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS anuló de oficio resolución que tuvo por no presentada demanda y ordenó resolver petición de nulidad de todo lo obrado en proceso de tutela laboral.

El máximo Tribunal estableció que en la especie se incurrió en un error de procedimiento, el que debe ser corregido para la necesaria y acertada decisión del pleito.

Por Redacción·01 de diciembre de 2020·4 min de lectura
CS anuló de oficio resolución que tuvo por no presentada demanda y ordenó resolver petición de nulidad de todo lo obrado en proceso de tutela laboral.
Referencial

La Corte Suprema anuló de oficio resolución que tuvo por no presentada demanda y ordenó resolver petición de nulidad de todo lo obrado en proceso de tutela laboral.

La sentencia indica que, como se observa de lo expuesto, en el proceso referido, se dedujo un incidente de nulidad de todo lo obrado, acusándose un vicio recaído en el acto procesal de la presentación de la demanda, por cuanto, quien la formuló, carecía de la personería para hacerlo. Sin embargo, el tribunal de primera instancia, no se hizo cargo de manera directa de la incidencia, sino que, sin dar traslado a la contraparte, resolvió una cuestión que no fue solicitada, al tener por desistido al actor de su demanda, para posteriormente, por la vía del recurso de reposición, enmendar lo actuado, teniendo la demanda ‘por no presentada’.

Para la Corte Suprema, como se advierte, la judicatura de primer grado eludió pronunciarse sobre el defecto procesal denunciado, omitiendo hacerse cargo de la solicitud de todo lo obrado, y reconduciendo, a juicio de esta Corte, impropiamente el centro de la controversia, a una cuestión relativa al artículo 148 del Código de Procedimiento Civil, y la procedencia o no del desistimiento de la demanda.

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