En fallo unánime.
CS declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia presentado por banco contra sentencia que rechazó recurso de nulidad que interpuso contra el fallo de mérito que acogió la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones de cajero.
El máximo Tribunal estableció que el recurso especial no puede prosperar debido a que la resolución atacada, dictada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, no es susceptible de contraste con pronunciamientos diversos.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por el Banco de Crédito e Inversiones en contra de la sentencia que rechazó el recurso de nulidad que interpuso contra el fallo de mérito que acogió la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones de cajero.
La sentencia indica que de la sola lectura del libelo entablado se desprende que el pretendido tema de derecho, cuya línea jurisprudencial se procura unificar, tal como ha sido planteado y propuesto por el recurrente, no parece un tópico adecuado de contrastarse con otros dictámenes, pues se trata de la manera en que la judicatura interpretó una causal de nulidad, lo que no constituye la materia de derecho objeto de juicio ni un asunto jurídico habilitante, puesto que imposibilita su comparación en lo estrictamente jurídico con otras sentencias.
La resolución agrega que, asimismo, la sentencia impugnada desestimó el recurso de nulidad deducido por la demandada, fundado en la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, señalando que ‘… las argumentaciones del recurrente resultan del todo insuficientes e inidóneas en relación con la causal de recurso deducida, como al mérito de los antecedentes de la causa, no pudiendo olvidarse, al respecto, que los hechos fijados por el tribunal resultan inamovibles‘, advirtiendo además que el libelo de nulidad carece de peticiones concretas, lo que permite concluir que no tiene un pronunciamiento sobre la respectiva materia de derecho objeto de juicio.
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