En fallo unánime.
CS declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que acogió la demanda por accidente laboral que sufrió trabajador subcontratado en faena minera.
El máximo Tribunal estableció que en la especie no se cumplen los requisitos para acoger el recurso especial.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia que acogió la demanda por accidente laboral que sufrió trabajador subcontratado en la División el Teniente de Codelco, en enero de 2019.
La sentencia indica que, conforme se expresa en el recurso, la materia de derecho objeto del juicio que se propone es ‘Interpretación del artículo 183-E del Código del Trabajo, en relación con el artículo 66 bis de la Ley N° 16-744‘, en cuanto a la obligación del empleador de adoptar medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores.
La resolución agrega que en el recurso de nulidad que se dedujo respecto de la sentencia del grado, se invocaron las causales previstas en los artículos 477 y 478 letra b) del Código del Trabajo y, en subsidio, la contemplada en el artículo 478 letra e) del estatuto laboral.
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