Diario Constitucional

Dictamen

Dirección del Trabajo aclara que no puede declarar nulidad de contratos y se refiere a información sobre registros laborales

El dictamen precisó que carece de competencia para determinar la validez o nulidad de contratos de trabajo, tarea que corresponde exclusivamente a los tribunales, y entregó información disponible sobre la situación laboral de un trabajador registrada en el sistema de Registro Electrónico Laboral, tras una consulta de AFP Plan Vital S.A. sobre devolución de fondos previsionales.

Por Redacción·07 de octubre de 2025·1 min de lectura
df.cl/
Referencial

La Dirección del Trabajo, en el ejercicio de su función de interpretar y fijar el sentido y alcance de la normativa laboral, emitió el Ordinario N° 530 de fecha 06.08.2025, mediante el cual se pronunció sobre su competencia para determinar la validez de contratos de trabajo y sobre la información registrada en el sistema de Registro Electrónico Laboral.

El pronunciamiento respondió a una consulta de AFP Plan Vital S.A. respecto a la suscripción y validez de contratos de trabajo de un trabajador que solicitó la devolución de fondos previsionales conforme a la Ley N°18.156.

Entre los principales puntos abordados, la Dirección del Trabajo precisó que:

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.