Diario Constitucional

Recurso de amparo rechazado.

Empleador es depositario de los dineros retenidos por concepto de cotizaciones previsionales, por lo que la distracción de los fondos constituye un ilícito penal.

En la especie, el actor alegó no tener vinculación alguna con la ejecutada en la actualidad.

Por Redacción·11 de marzo de 2022·3 min de lectura
Procedimiento sancionatorio que excede el plazo razonable de tramitación vulnera los derechos del administrado, por lo que pierde su eficacia.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Temuco, que desestimó el recurso de amparo deducido por el ex gerente de una empresa contra quien se han decretado órdenes de arresto en juicio de cobranza de cotizaciones previsionales.

En su libelo, el actor expone que el Juzgado del Trabajo de Temuco decretó orden de arresto en su contra, en calidad de gerente de la Sociedad Constructora Ignamol Ltda., por concepto de cotizaciones impagas, a pesar de no detentar actualmente la representación de la ejecutada, pues cedió sus derechos y dejó tener vínculos con ella, y de haber estado detenido y pagar la totalidad del capital con dinero propio en el año 2014.

Señala que no tiene comunicación con los representantes actuales de la ejecutada cuya existencia se encuentra vigente, lo que se tradujo que la demanda de abandono de procedimiento que presentó en la causa RIT P-3545-2012, se rechazara de plano por no tener mandato o representación para actuar a nombre de la ejecutada, lo que resulta cómodo para los actuales representantes de ésta, ya que es él quien sufre los apremios.

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