Diario Constitucional

Dirección del Trabajo.

En caso de dudas acerca del uso obligatorio o voluntario de mascarillas en el lugar de trabajo, la empresa debe seguir las recomendaciones impartidas al respecto por el administrador de la Ley 16.744 al que se encuentre afiliado.

En atención a las nuevas medidas de prevención del gobierno en contra del Covid-19. No obstante, los empleadores deben mantener en sus instalaciones mascarillas para trabajadores que opten por su uso.

Por Redacción·02 de noviembre de 2022·1 min de lectura
imagen: decoandlemon
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Una empresa de la región de Tarapacá solicitó a la Dirección del Trabajo pronunciamiento acerca de las nuevas medidas de prevención en contra del Covid-19 contenidas en el plan de gobierno “Seguimos Cuidándonos” -el cual se encuentra vigente desde el 1 de octubre del 2022-, específicamente, sobre la mantención de la obligación de sus trabajadores de utilizar mascarillas, ya que se desempeñan mediante contacto directo con el público (su rubro es la venta de frutas, verduras y alimentos).

La Dirección del Trabajo informó que en su Ordinario N°1743 del 2022, precisó cuáles son los efectos de las modificaciones en materia de prevención, en atención al contexto epidemiológico actual de la pandemia provocada por el Covid-19 (que permitió avanzar al escenario de apertura). Dicho pronunciamiento destaca que el empleador deberá mantener mascarillas a disposición de aquellos trabajadores que opten por su utilización.

Agrega que “(…) en el caso de dudas acerca del uso obligatorio o voluntario de mascarillas en el lugar de trabajo que indica, corresponde que siga las recomendaciones impartidas al respecto por el administrador de la Ley 16.744 al que se encuentre afiliado”.

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